Política de Garantía:
La agencia de viajes TURISMO JAIBANÁ SAS es un intermediario entre el usuario final y las entidades o personas llamadas a proporcionar los servicios incluidos y es responsable solidario en la adecuada prestación del servicio por lo tanto se compromete a gestionar en caso de alguna inconformidad en el servicio la solución adecuada sin prejuicio ni cambio de las condiciones pactadas inicialmente entre el cliente y la agencia.
Política de Pagos:
La Agencia de Viajes tiene habilitado pagos en efectivo, por medio de transferencias electrónicas o pagos virtual con tarjeta de crédito para tiquetes aéreos y asistencias médicas. Para los planes internacionales los pagos se deben realizar en Moneda Internacional (Dólares o Euros), con un incremento del 2% del fee bancario según las condiciones del operador
Política de Fidelización:
Nuestros clientes son atendidos en todas las etapas de la reserva, asegurando que si se genera un reclamo, antes, durante y/o después de la venta, este será tramitado, gestionado y solucionado procurando la satisfacción del cliente y sin atentar contra los intereses de los proveedores.
Penalidades y políticas de cancelación:
Las aerolíneas realizan cambios de nombre, fecha o ruta (revisión) en los pasajes aéreos emitidos, siempre y cuando la reglamentación de la tarifa lo permita, con el cobro de penalidad y diferencia de tarifa respectiva por parte de la aerolínea. Los tiquetes aéreos sin utilizar tienen vigencia hasta de 3 años para realizar cambios, algunos permiten reembolso de acuerdo a las condiciones establecidas por las aerolíneas
En los hoteles y planes dependiendo del destino, la temporada, eventos, ferias o congresos los cambios en las reservas pueden presentar cobros de penalidades, llegando hasta el 100% del valor total de la reserva, sin importar el tiempo de anticipación a la utilización de los servicios, el valor dependerá del proveedor seleccionado en el destino y sus políticas.
Cambios y Turismo Jaibaná, se rige y apoya lo contenido en las siguientes leyes:
Prevenir el tráfico de piezas y/o bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la nación según la ley 397 de 1997 de Colombia, Decreto 833 del 2001 y la Ley 1185 del 2008
Prevenir la exportación o importación de especies de flora y fauna amenazadas o en peligro de extinción en Colombia, e ilícito aprovechamiento de recursos naturales renovables, según la ley 299 de 1.996, Ley 17 de 1981, resolución Ministerial No 1367 de 2000 y la Ley 1453 del 2011 articulo 29.
Prevenir el tráfico de patrimonio cultural según la Ley 397 de 1997.
Advierte al turista que la explotación y el abuso sexual de menores de edad en el país son sancionados penal y administrativamente, conforme a las leyes vigentes.”Según la ley 679 de 2001 y/o ley 1336 del 2009.
A prevenir la explotación laboral infantil según la ley de infancia y adolescencia 1098 de 2006.
Ley 1482 de 2011 Todo tipo de discriminación o racismo son penalizados en Colombia con el fin de garantizar la protección de los derechos de una persona o grupo de personas, comunidad o pueblo que son vulnerados.
Prevenir la discriminación de personas con discapacidad Ley 1752 de 2015.
Por un espacio libre de humo de tabaco Ley 1335 de 2009.
Para la preservación del medio ambiente RECICLE, REUTILICE Y REDUZCA, separe los residuos en la fuente, ahorre agua y energía.